Preguntas más frecuentes
Listado de preguntas más habituales en relación a nuestra Oficina Virtual, Repartidores de Costes, Calderas, Real Decreto de Individualización de consumos, y Contadores.- Todo
- Aerotermia
- Fotovoltaica
- Oficina Virtual
- Repartidores de Costes
- Calderas
- RD Individualización
- Contadores
Es un sistema de climatización que nos puede proveer tanto de calor como de frío; y por supuesto de ACS, gracias al calor que capta del aire. A través de un líquido refrigerante a muy baja temperatura vamos a captar el calor del medioambiente; un calor que va a existir siempre en el aire. Ese calor lo pasamos a través del líquido refrigerante a muy baja temperatura a un compresor. En el compresor, a través de un ciclo de descompresión vamos a poder extraer calor de ese líquido refrigerante. Ese calor lo vamos a traspasar al agua; y el agua, a través de suelo radiante, del ACS o de radiadores vamos a poder aprovecharlo en nuestra vivienda o industria.
Para hablar de eficiencia vamos a hablar del COP o Coeficiente de Rendimiento. ¿Qué quiere decir esto? . Es la relación entre la energía consumida y el calor producido.
Las máquinas de calefacción normales, por ejemplo, las calderas suelen tener un COP entre 0,9 y 1,09. Un calefactor de aire o uno con resistencias tienen un COP de 1; es decir, por cada kW que consuman producirán 1kW térmico.
Sin embargo, cuando hablamos de aerotermia, a través de esos ciclos de compresión y descompresión del gas refrigerante vamos a obtener un COP cercano a 4. En algunos casos va a ser inferior, en función de la temperatura exterior. Y en otros casos puede llegar a ser superior también. Esto quiere decir que por cada kW eléctrico que consuma el equipo de aerotermia, va a producir 4 kW térmicos.
Es muy diferente. Un aire acondicionado, echa aire caliente dentro de la vivienda. Sin embargo, una aerotermia capta el calor del aire a través de la unidad exterior y mediante la unidad interior pasa ese calor al agua. Y el agua, a través de un circuito de suelo radiante, de un circuito de fancoils, de radiadores o de un depósito de ACS va a proporcionarnos ese calor en cualquier parte de nuestra vivienda.
Sí, la aerotermia nos puede proporcionar ACS. Lo va a hacer a través de un depósito de acumulación en el que guardaremos el agua calentada con el calor que nos da la unidad interior, para luego consumirla cuando la necesitemos. Existen sistemas de aerotermia que requieren de un depósito exterior y otros que integran un depósito en la unidad interior.
En principio sí. Pero hay que estudiar cada caso. La calefacción tradicional, por ejemplo, una caldera de gas o una de gasoil, trabaja a temperaturas altas de 70-80ºC. Por tanto, los radiadores existentes van a estar pensados para trabajar a esas temperaturas.
Por el contrario, la aerotermia va a trabajar a baja temperatura, entre 50 y 60ºC. Esto significa que nuestro radiador tradicional va a ser más ineficiente con la aerotermia, pero hay varias soluciones:
- Instalar un sistema de aerotermia de alta temperatura. Bajaría un poco esa eficiencia y, por tanto, el sistema sería un poco menos interesante.
- Aumentar la superficie de emisión de calor de nuestros radiadores. Esto se puede lograr aumentando nuestro número de radiadores o los elementos de cada radiador. De esta manera, al aumentar la superficie que emite calor, podríamos tener una eficiencia mayor.
- Sustituir todos los radiadores o algunos radiadores por fancoils. Estos dispositivos de emisión están pensados para trabajar a baja temperatura. Además disponen de un sistema de emisión dinámica: un pequeño ventilador que va a ayudar a que se distribuya el calor por la vivienda.
Mejor suelo radiante. Al ser un sistema pensado para baja temperatura y que cubre toda la vivienda, tiene una transferencia de calor muy interesante.
Los fancoils también son muy interesantes porque están pensados para trabajar a baja temperatura. Pero la realidad es que, al estar distribuidos en diferentes puntos de la vivienda, su transferencia de calor empeora un poquito. Lo mejor de todo sería la combinación de ambos métodos ¿por qué? Porque nos permitiría no solo utilizar el calor sino también utilizar la refrigeración; es decir, proporcionar frío en verano.
Una cuestión importante también es ver qué tipo de obra queremos hacer. Porque, lógicamente, poner un suelo radiante en una reforma es bastante más costoso que instalar unos fancoils. Sin embargo, si es obra nueva podemos decantarnos directamente por el suelo radiante. Pero cada obra va a ser un mundo y habrá que hacer un cálculo y una propuesta específica para ese momento.
No, un suelo refrescante no es lo mismo que un aire acondicionado.
El suelo refrescante va a proporcionar una sensación de refrigeración muy agradable, parecida a estar en una bodega. Es decir, vamos a poder estar en casa tranquilamente, sin pasar calor, pero el frío no va a ser igual que el que proporciona un aire acondicionado, sino que la sensación será de mayor confort.
Si lo que queremos es llegar, darle al botón y obtener refrigeración al instante, la recomendación con aerotermia sería el fancoil. Al ser un sistema activo, es decir, que tienen un ventilador para ayudar a distribuir ese frío, va a proporcionar una sensación de frescor mucho más parecida a la de un aire acondicionado.
El sistema de aerotermia, al igual que cualquier otro sistema de calefacción, nos va a permitir regular la calefacción por estancia. Todo esto va a depender de cómo esté hecho el diseño de la climatización: si tenemos varios sectores, cada sector va a tener una válvula; estas válvulas podremos abrirlas o cerrarlas para calentar unas u otras habitaciones. Esto puede realizarse tanto con el suelo radiante como con los fancoils.
La aerotermia funciona perfectamente en climas fríos. Sin embargo, cuando hablamos de climas extremos, por debajo de 0ºC, la aerotermia va a funcionar, pero con un menor rendimiento. Si en el lugar donde vives viniera un temporal de frío y nieve, tu aerotermia funcionaría perfectamente. Eso sí, por debajo de 0ºC, bajaría el rendimiento.
Para empezar, decir que el mantenimiento va a ser muy inferior al de cualquier otro sistema de calefacción. Aquí no hay combustible, no hay un quemador, elementos de por sí peligrosos, ni tampoco habrá residuos de la combustión.
El mantenimiento de la aerotermia es muy sencillo. Básicamente consiste en: realizar una limpieza de la unidad exterior; limpieza de filtros; revisión de las presiones; y una revisión en conjunto de la maquinaria. Esto sería recomendable hacerlo una vez al año.
La aerotermia y la fotovoltaica son sistemas que están pensados para trabajar en conjunto. Si tenemos en cuenta que la aerotermia consume electricidad y esa electricidad se la damos con nuestros paneles solares, imaginaos el ahorro energético y el ahorro económico que estamos teniendo.
Al hacer un mayor uso de electricidad podemos aumentar nuestro autoconsumo, lo que se traduce también en un mayor ahorro. De hecho, la aerotermia puede ayudar a reducir el periodo de amortización de tu instalación de paneles solares para autoconsumo. Por eso decimos que combinar aerotermia con placas solares es la mejor idea para climatizar tu hogar o empresa.
Sí, actualmente existen subvenciones para aerotermia. Es un sistema que se considera muy eficiente y que produce ahorro energético, por lo que existen una serie de subvenciones para apoyar su implantación.
La cantidad de paneles solares que son necesarios para el autoconsumo fotovoltaico depende del consumo que tengamos en nuestra vivienda. Es por ello por lo que los profesionales solicitan la última factura de la luz. Con ella ven nuestro consumo a lo largo de los 12 meses pasados. Además, como ven el precio que pagamos por la electricidad, nos pueden hacer un cálculo aproximado del tiempo que tardaremos en recuperar la inversión.
Hoy en día no hay que hacer muchos cálculos para saber que las placas solares de autoconsumo son rentables. Con los precios al alza de las energías tradicionales y el progresivo calentamiento global se hace necesario que todos participemos del cambio energético.
Sí, puesto que la finalidad de las baterías en un kit solar de autoconsumo eléctrico es almacenar electricidad para usarla cuando los paneles solares no producen lo suficiente o nada. Así la almacenamos para poderla utilizar más tarde.
Invertir en autoconsumo es reducir tu factura de la luz, más en momentos en que el precio de la luz no para de subir. Es invertir en independencia frente a las empresas eléctricas; es invertir en un futuro más limpio, protegiendo el medio ambiente.
No. No se puede vender la electricidad de una instalación que se ha declarado de autoconsumo. Sin embargo, hay comercializadoras que, con el afán de conseguir clientes, están bonificando con unos céntimos de Euro los kW que vertemos a la red.
El autoconsumo fotovoltaico nos ayuda a reducir la factura de la luz, mes a mes. Si instalamos baterías solares también puede hacernos independientes de las empresas eléctricas. Ayuda a reducir el consumo de gas, gasóleo y otros combustibles, con lo que reducimos el efecto invernadero. Obtenemos reducciones en impuestos como el IBI y en el permiso de obra. También podemos deducirnos el coste de la instalación en la siguiente declaración de la Renta.
Como su nombre indica, la empresa comercializadora o distribuidora deben compensarnos la electricidad que cedemos. Así, esa cantidad de luz debe ser restada de la que nosotros hemos consumido y solo nos cobran la diferencia. Eso sí, nunca puede ser negativa esa resta, ya que la instalación es de autoconsumo, no como negocio.
El plazo de amortización de un kit solar de autoconsumo depende de su coste inicial, del consumo que hacemos durante el día y del precio de la electricidad en cada momento. Puesto que iremos descontando lo que consumimos de nuestras placas de la factura de la luz mes a mes. Por lo general, en el autoconsumo residencial ronda los 8 años y en el autoconsumo fotovoltaico industrial los plazos se reducen, ya que el consumo eléctrico es mayor.
De momento si las hay, ya que con ellas se pretende incentivar las instalaciones de autoconsumo y que dependamos menos de los combustibles fósiles. Sin embargo, las subvenciones son reguladas por las diferentes Comunidades Autónomas y por ello en cada zona varían en su cuantía, plazos y otros aspectos. No obstante, también podemos beneficiarnos de reducciones en algunos impuestos: IBI, permiso de obra y deducciones de la Renta.
El precio de un kit solar de autoconsumo puede variar mucho, en función del consumo de la industria o vivienda, el lugar de la instalación y otros factores que las empresas instaladoras deben estudiar. Para el autoconsumo residencial, una instalación fotovoltaica ronda entre los 4.000 y los 10.000 €.
Además del ahorro que supone el autoconsumo solar, existe otra serie de beneficios que convierten a esta alternativa aún más interesante de lo que ya es:
Beneficio | ¿Por qué nos aporta un beneficio el autoconsumo? |
Energía renovable | ✓ Utiliza energías limpias, ilimitadas y gratuitas, pues se obtienen directamente de la naturaleza. |
Ahorro | ✓ Permite reducir en gran medida el importe de las facturas, al dejar de utilizar el suministro de la red eléctrica, o minimizarlo. |
Menos contaminación | ✓ Reduce la dependencia de los combustibles fósiles, cada vez más escasos y con un precio más elevado. |
Menor daño al medio ambiente | ✓ Respeta al medio ambiente, al reducir el consumo energético de la red, los costes de las instalaciones y nutrirse de una energía no contaminante. |
Independencia de la red eléctrica | ✓ Evitamos las caídas de la red al no compartir la misma con un número elevado de personas. |
Instalaciones más económicas | ✓ Precio asequible y recuperación de las inversiones con rapidez al permitir un ahorro elevado. |
Subvenciones | ✓ Posibilidad de disponer de subvenciones que nos ayuden a cubrir parte de los costes de la instalación. |
Sí, nuestra instalación de placas solares para autoconsumo va a ser rentable y recuperaremos la inversión. Sólo necesitamos un estudio sobre nuestro consumo y circunstancias de nuestra vivienda.
Los técnicos de estas empresas estudiarán las condiciones de nuestra vivienda: saber la inclinación del tejado, la orientación, las posibles sombras que proyecten otros edificios, chimeneas, árboles, etc.
Con el estudio sobre nuestras necesidades y las condiciones de la instalación, las empresas de fotovoltaica nos elaborarán un presupuesto, en el que incluya las placas que necesitamos, el inversor, y demás componentes para un correcto funcionamiento.
En el estudio que nos entregará debe contemplarse la estimación para amortizar la instalación basándonos en los ahorros mensuales que tendremos al consumir menos electricidad de la red. Ya que nos abasteceremos nosotros mismos, gracias a las placas solares para autoconsumo.
También es conveniente conocer la posibilidad de beneficios fiscales o ayudas y subvenciones que pueda haber. Aunque esto es un último paso, para mejorar el retorno de la inversión, y no debe ser el motivo principal para solicitar la instalación a una empresa especializada.
En función del kit solar de autoconsumo instalado y del tipo de vivienda o edificio, se distinguen diferentes tipos de autoconsumo fotovoltaico.
Autoconsumo residencial conectado
Se denomina así a la instalación de placas solares para autoconsumo en viviendas, bien sean unifamiliares o comunidades de vecinos en edificios.
Autoconsumo residencial aislado
Un sistema aislado es claramente una instalación de placas solares para autoconsumo, pero en este caso en viviendas o grupos de viviendas que no disponen de conexión a la red eléctrica. En estos casos si es necesaria la instalación de baterías para completar el kit solar de autoconsumo. Estas, almacenarán electricidad generada por las placas solares de autoconsumo durante el día, para poder usarla por la noche o días nubosos.
Autoconsumo individual
El autoconsumo individual es el destinado a suministrar electricidad a una sola vivienda, comercio o industria. De forma que todo lo que produce está a disposición de un único consumidor.
Autoconsumo colectivo
En cambio, el autoconsumo colectivo hace referencia a la instalación de placas solares para autoconsumo de varias viviendas o industrias. El autoconsumo residencial compartido se da principalmente en las ciudades, donde las familias solemos vivir en un edificio en el que compartimos el tejado. Así, se hace casi obligatorio compartir el kit solar de autoconsumo.
La electricidad generada por la instalación solar se distribuye entre todos los vecinos que participan en la comunidad energética. Para lo cual, es normal instalar contadores y así conocer el consumo que cada uno de ellos realiza de la electricidad generada con el kit solar de autoconsumo.
Autoconsumo fotovoltaico industrial
Se habla de autoconsumo fotovoltaico industrial cuanto la instalación de placas solares para autoconsumo se coloca en el tejado de una industria, con mucho mayor consumo que una vivienda. Por ello, es normal hacer instalaciones mucho más grandes, que necesitan montar muchas más placas, y se necesita de una superficie de tejado mucho mayor.
Con un kit solar de autoconsumo fotovoltaico generamos parte de la electricidad que necesitamos en el día a día. El aspecto a tener en cuenta es el tamaño de la instalación, puesto que, en función del número de personas, se deberán instalar más o menos paneles.
Así, cuando se trata de una vivienda en la que reside una única persona o una pareja, las necesidades de electricidad serán mucho menores que para familias con más miembros. Por supuesto, las empresas, comercios, hospitales o colegios, que cuentan con un gran número de personas, tienen necesidades más elevadas.
Pasos para el autoconsumo
Si queremos instalar paneles solares para autoconsumo fotovoltaico únicamente tenemos que seguir estas indicaciones:
- Hacer la consulta a empresas instaladoras enviando los datos que se solicitan. Así los instaladores tendrán la información necesaria para ajustar la cantidad de paneles y el precio. Es muy importante facilitar la última factura eléctrica.
- Recibir las ofertas: las empresas de fotovoltaica nos remitirán los estudios personalizados para nuestro consumo, junto con los presupuestos para instalar los paneles solares.
- Tomar la decisión: eligiendo la empresa que nos dé más confianza. Es importante que nos tramiten la legalización y la solicitud de subvención, en el caso que aún estemos en plazo.
- Ahorrar disfrutando del sol: ya que veremos como nuestra factura de la luz disminuye. Eso sí, tenemos que asegurarnos de tramitar toda la documentación con la compañía comercializadora.
Usar placas solares para autoconsumo fotovoltaico, no necesariamente es sinónimo de tener un autoabastecimiento completo. Podemos tener un autoconsumo parcial si aún estamos conectados a la red eléctrica.
Por lo general, para un autoconsumo fotovoltaico conectado a la red eléctrica, no es necesario disponer de baterías. Ya que cuando no haya sol, o necesitemos más electricidad de la que pueden producir las placas, nos abasteceremos de la red eléctrica.
Es la acción de producir nuestra propia energía eléctrica mediante un generador propio en nuestra vivienda o industria para nuestro propio consumo, bien sea diésel, de gas, eólico o una instalación fotovoltaica para autoconsumo.
En el autoconsumo fotovoltaico la energía se genera mediante placas solares fotovoltaicas. Cuya finalidad es el propio consumo, no la venta de la electricidad. Así con el autoconsumo fotovoltaico aprovechamos una fuente de energía renovable, como es el sol, para producir en nuestra propia vivienda la electricidad que necesitamos.
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El equilibrado hidráulico garantiza la presencia en todo momento de la cantidad adecuada de agua de calefacción en cada radiador. Esto distribuye el calor de forma mucho más uniforme en el edificio. De este modo, no solo se aumenta el confort en la vivienda, sino que también se garantiza que la energía utilizada pueda utilizarse de forma mucho más eficaz para la calefacción y el suministro de agua caliente. El equilibrado hidráulico de la calefacción aumenta la eficiencia energética, como demuestran numerosos estudios. Si el sistema de calefacción funciona mejor y de forma más eficaz, esto también significa que el consumo de energía y los costes de calefacción pueden reducirse. El agua siempre toma el camino de menor resistencia. Por lo tanto, los radiadores cercanos al generador de calor reciben más agua de calefacción que los que están más lejos. Por esta razón, la cantidad de agua que fluye a través de ella debe ser limitada. Esto se garantiza mediante un equilibrado hidráulico de la calefacción.
La temperatura de confort de una habitación es algo muy personal. Pero, existen valores orientativos para la temperatura ambiente óptima. Para las diferentes estancias de una casa la distribución de las temperaturas debería de ser aproximadamente entre 20 a 22 grados centígrados en la sala de estar, 16 a 18 grados centígrados en el dormitorio, 18 grados centígrados en zonas de paso y cocina, 22 grados centígrados en la habitación infantil y 23 a 24 grados centígrados en el aseo.
En vista de la creciente contaminación ambiental, la revolución energética y, sobre todo, el aumento de los precios de los combustibles, es importante ahorrar energía en los hogares. Con las medidas y el comportamiento adecuados, esto también puede lograrse de forma muy sencilla. Algo importante es aprender a ventilar la estancia correctamente en unos pocos pasos sencillos. Pero incluso si se reduce la temperatura ambiente en función de la habitación y de la hora del día, se puede utilizar la energía de forma mucho más eficiente. Una ventilación adecuada es importante para ahorrar energía.
También desde un punto de vista técnico hay mucho que puede ser optimizado. El equilibrado hidráulico y el mantenimiento regular del sistema de calefacción por un especialista en calefacción permite ahorrar energía y reducir los costes de calefacción.
La calefacción funciona sobre la base de un circuito que transporta agua caliente. El punto de partida suele ser la caldera. En ella se calienta el agua, que es conducida mediante un sistema de tuberías y conductos a las salas correspondientes y fluye en forma de calor a través de los radiadores de las mismas. Estos a su vez liberan el calor en el aire ambiente. El agua de calefacción debe poder distribuirse de forma óptima para garantizar un proceso sin problemas. Sin embargo, el aire en el sistema puede suponer un obstáculo para una distribución fluida. Esto significa que los radiadores individuales no se calientan de forma óptima y uniforme. Un efecto secundario perturbador son los ruidos de gorgoteo.En conclusión, se puede ahorrar dinero purgando el sistema de calefacción. Un radiador que no tiene suficiente agua de calefacción consume más energía para alcanzar la temperatura deseada y, por lo tanto, tiene costes más elevados.
El equilibrado hidráulico no debe realizarse como medida de precaución, sino sólo si es necesario actuar: debe aplicarse si el calor se distribuye de forma muy desigual en la casa y algunas habitaciones se quedan frías. En consecuencia, se aplica lo siguiente: el ajuste hidráulico sólo debe realizarse una vez. Sólo tiene que repetirse si algo ha cambiado en el propio sistema de calefacción. También se recomienda realizar ajustes durante la renovación porque siempre resultan en un cambio en la demanda de energía. El sistema se adapta a los cambios mediante un equilibrado hidráulico.
En muchos hogares existe el problema de que los radiadores no se calientan adecuadamente o el calor se distribuye de forma desigual en las diferentes habitaciones de la casa. Esto indica que el sistema de calefacción no está ajustado de forma óptima. El llamado equilibrado hidráulico puede solucionar este problema.Este garantiza la presencia en todo momento de la cantidad adecuada de agua de calefacción en cada radiador. Esto distribuye el calor de forma mucho más uniforme en el edificio. De este modo, no solo se aumenta el confort en la vivienda, sino que también se garantiza que la energía utilizada pueda utilizarse de forma mucho más eficaz para la calefacción y el suministro de agua caliente. Tambien aumenta la eficiencia energética hasta en un 15 por ciento, como demuestran numerosos estudios. Si el sistema de calefacción funciona mejor y es más eficaz, los costes de calefacción se reduciran.
El período comprendido entre octubre y abril se ha establecido como el periodo de calefacción más común en la Comunidad de Madrid. Sin embargo, las temperaturas exteriores y la temperatura ambiente mínima desempeñan un papel mucho más importante que la fecha en sí. En España no existe ninguna normativa que fije los periodos de calefacción ni los horarios ¿Entonces como se rige el inicio y final de la temporada de calefacción? Debemos diferenciar dos tipologias de sistemas, los sistemas individualizados y los centralizados (calefacción comunitaria).
En el primero de los casos el encendido de la calefacción esta supeditado a las necesidades y preferencias propias del usuario. En el caso de los sistemas de calefacción centralizada, tanto el calendario como los horarios de calefacción deben ser adoptados en Junta de Propietarios por mayoría simple en virtud del artículo 17.4 de la Ley de Propiedad Horizontal, siendo posible cualquier modificación, siempre por aprobación de la mayoría simple de los propietarios.En el caso de querer realizar cambios en los horarios o en el periodo de calefacción, se puede hacer siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 16.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. Según este apartado cualquier propietario podrá solicitar que la Junta estudie y adopte un nuevo acuerdo sobre el tema que considere, siempre que sea de interés para la comunidad, para ello se debe solicitar mediante escrito en el que se solicite dichos cambios y se pida su inclusión en el orden del día de la convocatoria en el caso de existir una ya realizada o solicitar la convocatoria de una junta extraordinaria en el caso de no estar convocada, para ello, es obligatoria la convocatoria de una Junta extraordinaria si la solicitud viene avalada por la cuarta parte de los propietarios o un número de estos que represente, al menos, al 25% de las cuotas de participación (artículo 16.1 de la Ley de Propiedad Horizontal).
La normativa referente a las revisiones e inspecciones a las que deben someterse las calderas de gas en un edificio de viviendas viene recogida en dos reglamentos diferenciados:
- Por un lado, tenemos el Real Decreto 1027/1997 por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE), el cual ha sido modificado por el Real Decreto 238/2013. Esta normativa de instalaciones térmicas en edificios establece que se deberá efectuar un mantenimiento periódico que en caso de calderas murales a gas con una potencia inferior a 70 kW será efectuado cada dos años (antes era cada año, pero el RD 238/2013 lo ha cambiado). El mantenimiento se realizará por una empresa mantenedora habilitada RITE. Esta normativa también establece una inspección de la instalación térmica que para calderas de menos de 70 kW se realizará con una frecuencia de 5 años. La inspección se realizará por un Organismo de Control habilitado para este campo reglamentario o por una entidad o agente acreditado por la Comunidad Autónoma.
Las calderas de gas de particulares son en su gran mayoría de una potencia inferior a 70 kW. En caso de que la potencia de la caldera sea superior a 70 kW el mantenimiento se hará mensualmente). - Por otro lado, encontramos el Real Decreto 919/2006 por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos. Este Real Decreto establece que la inspección de la instalación receptora de gas se realizará cada 5 años por el distribuidor del gas combustible por canalización o por una empresa instaladora habilitada de gas.
A la suma de los equipos instalados de generación en la sala de máquinas. Cuando el usuario sea único se sumarán las potencias de generación todo el edificio. En el caso de edificios multipropiedad con instalaciones individuales para el mantenimiento se considerará para cada usuario la suma de la potencia de sus equipos individuales.
Un problema que suelen presentar las válvulas es que al ser de rearme manual, a veces se quedan bloqueadas por fallos en el suministro eléctrico y no por fuga de gas, originando paradas sin motivos de riesgo. Para evitarlo el mercado ofrece un tipo de válvulas en las cuales el rearme (electroválvulas normalmente cerradas) se realiza en la propia central de detección, de manera que si la parada se ha producido por falta de suministro eléctrico, mientras se mantiene el corte, la válvula permanece cerrada, en la posición de máxima seguridad, pero cuando se repone el suministro eléctrico la válvula abre automáticamente; permaneciendo bloqueada solo en los casos en que se haya activado el sistema de detección de fugas, que deberá ser rearmado manualmente en la propia central.
Se colocan fuera de la sala de calderas, según la norma UNE 60601:2013 “Salas de máquinas y equipos autónomos de generación de calor o frío o para cogeneración, que utilizan combustibles gaseosos”. La centralita se puede colocar en el vestíbulo previo o en el local de control pero la electroválvula de corte se debe colocar a la intemperie, debido a que puede originar fugas por sus roscas y por lo tanto se debería clasificar la zona si se coloca en el interior de un local. Excepcionalmente, se podría colocar en el interior de cuadros de regulación y control de gas del propio edificio, pero en estas instalaciones se debería tener en cuenta un aumento de la ventilación del cuadro por incorporar otros elementos al mismo.
El Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios establece, en la IT 1.3.4.1.2.3 que las salas de máquinas con generadores de calor a gas se situarán en un nivel igual o superior al semisótano o primer sótano. La norma UNE 60601-2006 da la siguiente definición para primer sótano o semisótano: “se considera como primer sótano o semisótano a la primera planta del edificio cuyo suelo se encuentra, en todas sus paredes, a un nivel inferior en más de 60 cm con relación al suelo exterior de la calle o de un patio de ventilación contiguo”. En un principio, parece que siempre y cuando la sala de calderas se sitúe en un primer sótano o nivel superior al mismo, y no en un sótano inferior, se considerará que la ubicación de la sala es correcta, sin embargo, hay que tener en cuenta que dichas salas de calderas, con generadores de calor a gas, deben cumplir también lo establecido en el Real Decreto 919/2006 sobre combustible gaseosos. La publicación de la Resolución del 2 de julio de 2015 de de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se actualiza el listado de normas de la instrucción técnica complementaria ITCICG 11 del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, ha modificado la norma UNE 60601, prohibiéndose la ubicación en primer sótano de las salas de calderas. Así pues, para instalaciones en edificios de nueva construcción y cuyo proyecto o memoria se haya elaborado después del 2 de enero del 2016 –fecha hasta la que se permite la coexistencia de las dos versiones de la norma UNE, la del 2006 y la del 2013- queda prohibida la instalación de salas de calderas con generadores de calor a gas en primer sótano o inferior. En todo caso, como instalación industrial debe cumplir todos los reglamentos de seguridad que le sean de aplicación, prevaleciendo en caso de conflicto aquellos aspectos de la regulación normativa más restrictivos.
El apartado 1.2.4.6.1 (“Contribución de calor renovable o residual para la producción térmica del edificio”) del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio (RITE), indica que:
“En los edificios nuevos o sometidos a reforma, con previsión de demanda térmica una parte de las necesidades energéticas térmicas derivadas de esa demanda se cubrirán mediante la incorporación de sistemas de aprovechamiento de calor renovable o residual. Estos sistemas se diseñaran para alcanzar los objetivos de ahorro de energía primaria y emisiones de CO2 establecidos en el Código Técnico de la Edificación.”
El documento básico HE-4 –Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria- del Código Técnico de la Edificación (CTE) establece, en su punto 1 relativo al ámbito de aplicación, lo siguiente: esta sección es de aplicación a:
a) edificios de nueva construcción o a edificios existentes en que se reforme íntegramente el edificio en sí o la instalación térmica, o en los que se produzca un cambio de uso característico del mismo, en los que exista una demanda de agua caliente sanitaria (ACS) superior a 50 l/d; El documento básico HE-4 –Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria- del Código Técnico de la Edificación (CTE) establece, en su apartado 4, punto 2.2.1, lo siguiente:
“La contribución solar mínima para ACS y/o climatización de piscinas cubiertas podrá sustituirse parcial o totalmente mediante una instalación alternativa de otras energías renovables, procesos de cogeneración o fuentes de energía residuales procedentes de la instalación de recuperadores de calor ajenos a la propia instalación térmica del edificio; bien realizada en el propio edificio o bien a través de la conexión a una red de climatización urbana”.El documento básico HE-4 –Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria- del Código Técnico de la Edificación (CTE) establece, en su apartado 5, punto 2.2.1, lo siguiente:
“Para poder realizar la sustitución se justificará documentalmente que las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía primaria no renovable, debidos a la instalación alternativa y todos sus sistemas auxiliares para cubrir completamente la demanda de ACS, o la demanda total de ACS y calefacción si se considera necesario, son iguales o inferiores a las que se obtendrían mediante la correspondiente instalación solar térmica y el sistema de referencia que se deberá considerar como auxiliar de apoyo para la demanda comparada”. Analizados los aspectos indicados de ambas normativas, se indica lo siguiente:
1. En edificios o viviendas nuevos, que cuentan con placas solares que cubren parte de la demanda de ACS: En este caso se cumple el documento básico HE4 del CTE y se cumple el apartado 1.2.4.6.1 del RITE, al cubrirse parte de las necesidades energéticas térmicas derivadas de la demanda térmica con energías renovables. 2. En edificios o viviendas nuevas en las que se sustituye la contribución mínima solar de ACS por una instalación alternativa de otras energías renovables. En este caso se cumple el documento básico HE4 del CTE, si se justifica lo indicado en el apartado 5, punto 2.2.1 del HE4. Además, se cumple el apartado 1.2.4.6.1 del RITE, al cubrirse parte de las necesidades energéticas térmicas derivadas de la demanda térmica con energías renovables. Indicar que, según lo establecido en dicho apartado del HE4 del CTE, la instalación alternativa de otras energías renovables, debe cubrir parte de la demanda térmica destinada a ACS. 3. Por otro lado, en aquellos casos en los que no sea aplicable el HE4 del CTE, y por lo tanto no sea obligatoria la instalación de contribución solar mínima (paneles solares) o energía renovable alternativa, deberán cumplir lo establecido en el apartado 1.2.4.6.1, cuando dichas instalaciones entren dentro del ámbito de aplicación del R.D. 1027/2007, de 20 de julio, y por lo tanto, una parte de las necesidades energéticas térmicas derivadas de la demanda se cubrirán mediante la incorporación de sistemas de aprovechamiento de calor renovable o residual.
La reforma debe adecuarse al RITE en la parte reformada. Sin embargo, la sección HE-4 –Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria- del CTE establece, en su punto 1 relativo al ámbito de aplicación, lo siguiente: Esta sección es de aplicación a:
a) edificios de nueva construcción o a edificios existentes en que se reforme íntegramente el edificio en sí o la instalación térmica, o en los que se produzca un cambio de uso característico del mismo, en los que exista una demanda de agua caliente sanitaria (ACS) superior a 50 l/d; b) ampliaciones o intervenciones, no cubiertas en el punto anterior, en edificios existentes con una demanda inicial de ACS superior a 5.000 l/día, que supongan un incremento superior al 50% de la demanda inicial; c) climatizaciones de: piscinas cubiertas nuevas, piscinas cubiertas existentes en las que se renueve la instalación térmica o piscinas descubiertas existentes que pasen a ser cubiertas.
Así pues, y en base a lo indicado en el apartado “a”, es necesario una reforma íntegra de la instalación térmica para aplicar los preceptos recogidos en la sección HE-4 y exigir, en consecuencia, una contribución solar mínima de agua caliente sanitaria.
Un mero cambio del generador de calor –cambio de una caldera por otra, aunque ambas sean de diferentes tecnologías- no puede considerarse como reforma íntegra de la instalación térmica, por lo que no será necesario realizar una instalación solar térmica para ACS.
En primer lugar se ha de aclarar que la sección HE4 del Código Técnico de la Edificación establece que la contribución solar mínima de energía solar térmica es aplicable únicamente para la demanda de ACS y la climatización de piscinas y no para la calefacción de la vivienda. El grado de demanda térmica a cubrir por la contribución solar viene establecido por las tablas 2.1 y 2.2 de la sección HE4 del CTE, actualizado según orden FOM/1635/2013. Esta orden FOM/1635/2013 establece, como novedad, la posibilidad de sustituir la energía solar térmica para ACS y climatización de piscinas por otra energía renovable siempre que se justifique que las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía primaria no renovable, debidos a la instalación alternativa y todos sus sistemas auxiliares para cubrir completamente la demanda de ACS, o la demanda total de ACS y calefacción si se considera necesario, son iguales o inferiores a las que se obtendrían mediante la correspondiente instalación solar térmica.
Para el caso de edificios en fase de ejecución, a los que no se les aplica la Orden FOM/1635/2013, la interpretación, en cuanto a la utilización de energía solar térmica es idéntica, y sólo se obligaría a cubrir con esta energía una parte de la demanda de ACS o climatización de piscinas. Por último, respecto a los edificios incluidos en el apartado 2.f del punto 1.1 de la sección HE4 la interpretación es idéntica que para el resto de los casos, es decir, que la contribución solar térmica es aplicable únicamente para la demanda de ACS y la climatización de piscinas. Sin embargo, en este supuesto se puede disminuir la contribución solar térmica sin necesidad de respetar el grado de cobertura mínima indicado en el CTE, siempre que la empresa que lleve a cabo la instalación presente la correspondiente autorización del órgano competente que deba dictaminar en materia de protección histórica-artística.
Este asunto se trata en la IT 1.2.4.1.2.1 del reglamento de instalaciones térmicas en edificios (RD 1027/2007), el cual se ha modificado varias veces (Real Decreto 1826/2009, corrección de errores del Real Decreto 1826/2009, Real Decreto 238/2013 y corrección de errores del Real Decreto238/2013). A fecha actual, los rendimientos exigidos son:
En los edificios de nueva construcción, las calderas que utilizan combustibles fósiles para calefacción deberán tener:
a) Para gas:
- Rendimiento a potencia útil nominal y una temperatura media del agua en la caldera de 70 ºC: n ≥ 90 + 2 log Pn.
- Rendimiento a carga parcial de 0,3·Pn y a una temperatura de retorno del agua a la caldera de 30 ºC: n ≥ 97 + log Pn.
b) Para gasóleo, las calderas estándar:
- Rendimiento a potencia útil nominal y una temperatura media del agua en la caldera de 70 ºC: n ≥ 90 + 2 log Pn.
- Rendimiento a carga parcial de 0,3·Pn y a una temperatura media del agua en la caldera igual o superior a 50 ºC: n ≥ 86 + 3 log Pn.
En las instalaciones que se reformen, queda prohibida la instalación de calderas estándar para calefacción de combustibles fósiles que no cumplan las siguientes características:
- Rendimiento a potencia útil nominal y una temperatura media del agua en la caldera de 70 ºC: n ≥ 90 + 2 log Pn.
- Rendimiento a carga parcial de 0,3·Pn y a una temperatura media del agua en la caldera igual o superior a 50 ºC: n ≥ 86 + 3 log Pn.
Si no se tuvieran calderas estándar en el apartado b) anterior, para edificios de nuevas construcción, o en instalaciones que se reformen, entonces se exigirá
lo indicado en el Anexo III del Real Decreto 275/1995. Los rendimientos exigidos en estos casos serían: Para calderas de baja temperatura:
Rendimiento a potencia nominal y una temperatura media del agua en la caldera de 70 ºC: η (%) < 87,5 + 1,5 log Pn. Rendimiento a carga parcial de 0,3 Pn y a una temperatura media del agua en la caldera de 40 ºC: η (%) < 87,5 + 1,5 log Pn Para calderas de condensación: Rendimiento a potencia nominal y una temperatura media del agua en la caldera de 70 ºC: η (%) < 91 + 1 log Pn. Rendimiento a carga parcial de 0,3 Pn y a una temperatura media del agua en la caldera de 30 ºC: η (%) < 97 + 1 log Pn
Este apartado habla de empotradas en tabique y suelos o instaladas en canaletas, sin indicar el tipo de edificio por lo que también se aplica a viviendas; pero para permitir reducir el espesor del aislamiento da una longitud máxima de 5 metros. Si se empotra todo habrá más de 5 metros.
También hay que recordar que el aislamiento es exigible para tuberías que discurran por locales no calefactados; ello implica que si las tuberías que discurren por el suelo son las de calefacción no es obligatorio aislarlas, siendo aconsejable hacerlo, pero con un espesor compatible con los elementos constructivos.
Para determinar si se necesita contrato de mantenimiento de la instalación térmica convencional en un edificio de viviendas con generadores de calor o frío individualizados, y aplicando los criterios establecidos en la guía interpretativa del RITE elaborada por el Ministerio de Industria, hay que tener en cuenta la potencia de cada instalación individual por separado, no hay que sumar las potencias de los generadores de calor o frío de cada una de las viviendas. Si las potencias de los generadores individuales es inferior a 70 kW (en casi todos los casos) no se necesita contrato de mantenimiento. Sin embargo, hemos de tener en cuenta que la instalación solar térmica del edificio da servicio a múltiples viviendas. Se pueden dar tres casos distintos:
- Que exista un equipo de energía de apoyo centralizado para todas las viviendas, en cuyo caso se requerirá contrato de mantenimiento si la potencia de este equipo es superior a 70 kW.
- Que no exista equipo de energía de apoyo centralizado. En este caso se considera que el equipo de energía de apoyo está formado por cada uno de los generadores individuales de calor o frío existentes en las viviendas a las que la instalación solar térmica da servicio. Así pues, para determinar la potencia del equipo de energía de apoyo de la instalación solar térmica es necesario sumar las potencias nominales de todos los generadores de calor o frío. Si esta suma es superior a 70 kW, la instalación solar térmica requerirá de contrato de mantenimiento.
- Que no exista ningún equipo de energía de apoyo, ni centralizado ni individuales. En este caso se requerirá de contrato de mantenimiento cuando la superficie instalada de captadores solares sea superior a 100m^2 (se consideran 0,7 kW/m^2).
Se establece claramente en el RITE que se deben realizar pruebas antes de realizar el certificado de instalación, para las cuales se hace necesario disponer de suministro de combustible. Las compañías suministradoras deben tener los procedimientos adecuados para tal fin. En la instrucción 3BIS/2008/RSI se establecen una serie de criterios para estos suministros. La compañía tiene la obligación de suministrar el gas de pruebas, de lo contrario se puede reclamar ante el órgano de la administración competente.
En el artículo 16 del RITE se indica que en el proyecto se deben incluir las instrucciones de uso y mantenimiento. Sin embargo a lo largo de la obra se van conociendo los equipos realmente instalados y por lo tanto las condiciones de mantenimiento de cada uno de ello, por lo tanto en el proyecto se reflejará un manual de uso y mantenimiento un tanto genérico el cual se deberá completar con la dirección de obra. Además en el artículo 24 del RITE indica que se debe incorporar al Libro del Edificio el Manual de uso y mantenimiento de la instalación realmente ejecutada; según lo cual se admite que haya habido modificaciones respecto al proyecto inicial, que habrán sido aprobadas por la Dirección de Obra. Por último en el artículo 26 se indica que será responsabilidad del mantenedor autorizado y del director de mantenimiento, cuando este sea preceptivo, la actualización y adecuación permanente del Manual de uso y mantenimiento. Por lo tanto se debe incluir en el proyecto y se debe reformar o completar al término de la instalación.
El artículo 2.3 del Real Decreto 1027/1997 deja muy claro que se considera reforma el cambio del tipo de energía utilizada, lo que necesariamente implica la adaptación al RITE de la parte reformada. Así pues, es obligatorio que, en caso de producirse el cambio de combustible de gasóleo a gas natural, las calderas cumplan con los requisitos de rendimiento energético que se indican en el punto 7 de la IT 1.2.4.1.2.1, por lo que no se podrán utilizar calderas con un marcado de prestación energética de 2 estrellas.
Es un sistema de seguimiento y control a distancia de las instalaciones, mediante la utilización de equipos informáticos que nos permiten: regular la instalación a nivel de confort deseado, mejora del servicio y la eficiencia de las instalaciones y vigilar permanente la instalación.
A través de la telegestión, podemos detectar cualquier avería producida en la sala de calderas a tiempo real, facilitando a nuestros clientes una respuesta rápida y eficaz frente a dicha anomalía. De ese modo, no solo se consigue un funcionamiento óptimo de la sala de calderas, sino que también se actúa con rapidez ante cualquier necesidad que pueda surgir.
La reforma debe adecuarse al RITE en la parte reformada. Sin embargo, la sección HE-4 –Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria- del CTE establece, en su punto 1 relativo al ámbito de aplicación, lo siguiente: Esta sección es de aplicación a:
a) edificios de nueva construcción o a edificios existentes en que se reforme íntegramente el edificio en sí o la instalación térmica, o en los que se produzca un cambio de uso característico del mismo, en los que exista una demanda de agua caliente sanitaria (ACS) superior a 50 l/d; b) ampliaciones o intervenciones, no cubiertas en el punto anterior, en edificios existentes con una demanda inicial de ACS superior a 5.000 l/día, que supongan un incremento superior al 50% de la demanda inicial; c) climatizaciones de: piscinas cubiertas nuevas, piscinas cubiertas existentes en las que se renueve la instalación térmica o piscinas descubiertas existentes que pasen a ser cubiertas.
Así pues, y en base a lo indicado en el apartado “a”, es necesario una reforma íntegra de la instalación térmica para aplicar los preceptos recogidos en la sección HE-4 y exigir, en consecuencia, una contribución solar mínima de agua caliente sanitaria.
Un mero cambio del generador de calor –cambio de una caldera por otra, aunque ambas sean de diferentes tecnologías- no puede considerarse como reforma íntegra de la instalación térmica, por lo que no será necesario realizar una instalación solar térmica para ACS.
Son dispositivos que tiene como función medir los kwh consumidos de calefacción de cada vivienda, en edificios con calefacción central. De esta manera, cada vecino pagará la calefacción que consume realmente.
En los edificios con calefacción central que distribuyen el agua del circuito de calefacción a las viviendas en anillo, es decir, aquellas que tienen una única entrada y una única salida para cada vivienda, es obligatorio según establece el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, instalar contadores de calefacción. Estos contadores de calefacción se instalan en ese punto de entrada y salida del agua a la vivienda, normalmente están fuera de las viviendas, junto a la caldera central o en los patinillos de la escalera.
Los contadores de calefacción constan de tres partes, integradas:
- Unidad de medición volumétrica. Mide el flujo del caudal que recircular por el circuito de calefacción de la vivienda.
- Sensores de temperatura. Miden las temperaturas de entrada y retorno del flujo de caudal del circuito de calefacción de la vivienda. Si los radiadores están abiertos, la temperatura de entrada será mucho más alta que la de salida, a medida que la vivienda templa, éstas se van equiparando.
- Unidad de Cálculo. Calcula los kwh de calefacción consumidos en la vivienda de forma electrónica. Para ello, integra el caudal medido en l/h por el salto térmico (la diferencia entre las temperaturas de entrada y salida).
Sí, es obligatorio.
Desde la publicación del RITE, todos los edificios construidos a partir de 2007 o que han sufrido modificaciones relevantes en su instalación de calefacción (p.e. cambio de caldera, paso de carbón a gas natural, etc.), deben tener contadores de calefacción instalados que permitan que cada vecino pague la calefacción en función de su consumo real medido.
Dependiendo de lo que cada comunidad de propietarios determina, se pueden instalar contadores de lectura tradicional (presencial) Se toma lectura cada vez que el operario va a leer y es preciso entrar a la vivienda. O contadores vía radio: No hay que ir al edificio para recoger las lecturas.
Obliga a que los contadores de agua con más de 12 años de antigüedad tengan que ser sustituidos o verificados.
La Orden entró en vigor el 24 de agosto de 2020, existiendo un periodo transitorio de 5 años.
Esta regulación afectará a los contadores de agua fría y caliente, instalados en viviendas y locales con uso residencial o comercial. Si el propietario del contador es una empresa gestora, será la compañía distribuidora o concesionaria, ya sea pública (Canal de Isabel II, etc.) o empresa privada (Aqualia, Agbar, etc.) la afectada. Si el contador es del propietario de la vivienda ya que la Comunidad de Propietarios tiene un sistema centralizado de calentamiento, o bien de agua fría cuyos recibos de consumo se incluyen en la cuota de la comunidad. En esos casos, es la propia comunidad de propietarios quien tiene la responsabilidad de cumplir con la normativa.
Los contadores antiguos suele tener pequeñas imprecisiones. Un contador nuevo, con una medición equilibrada supondrá un ahorro medio de hasta el 15%.
- Fria: consumo agua
- C. Canal: cuota de servicio Cía suministradora (Canal)
- C. Serv.: cuota servicio de Ullastres.
Si el contador es propiedad de quien gestiona el agua (Canal de Isabel II, Aqualia, etc.), ésta se encargará de todo. En cambio, si el contador es de propiedad particular o se gestiona desde la propia Comunidad de Propietarios hay que buscar en el aparato ya que en todos los contadores de agua está impreso el año de fabricación.
La tarifa oficial tiene distintos bloques de precios de consumo bimestrales.
La sustitución del equipo facilitará:
• Un mayor control del gasto
• Reducir los posibles errores de medición
• Ahorro económico en la factura del agua del hogar
• Controlar y gestionar individualmente sus consumos
Las fechas de lecturas solo se actualizan cuando existe lectura, en este caso si no se aplica estimación lo único que se liquida son las cuotas fijas.
Somos una empresa con más de 100 años de experiencia en la
individualización de consumos y el mantenimiento de instalación de contadores en el mercado español.
Nuestros servicios están oriendos al ahorro energético, a la mejora de la eficiencia energética y del medioambiente, mediante la gestión eficiente de las instalaciones, asesoramiento y control de los consumos de energía para edificios de toda índole.
Ofrecemos la posibilidad de centralizar todos los servicios de mantenimiento y gestión de las instalaciones y sus consumos en edificios, permitiendo obtener entre otros beneficios:
• Atención ágil y personalizada.
• Ahorro de costes gracias al mantenimiento global.
• Optimización de consumos mediante una gestión eficiente.
Todo ello orientado a maximizar la eficiencia y confort.
Todos nuestros servicios se encuentran con certificación de Calidad Aenor.
Se acumula el consumo de más de un contador (ejemplo agua caliente se acumula en agua fría).
Es el descuento de un consumo estimado o liquidado en exceso en periodos anteriores.
El Real Decreto 736/2020 publicado en el BOE entró en vigor el 7 de agosto de 2020.
Su objetivo prioritario es la reducción de emisiones vía el ahorro y la gestión eficiente de las instalaciones térmicas en edificios. Para alcanzar dicho objetivo se centra principalmente, en que cada vivienda pague por la calefacción o refrigeración que consume, con la instalación de contadores y repartidores de costes de calefacción y cada usuario conozca sus consumos periódicamente de una forma rápida y fácil, permitiéndole su toma de decisiones orientadas al ahorro.
Si el sistema de calefacción o refrigeración del edificio es centralizado se han de instalar equipos de medición que permita a cada vecino conocer y pagar por lo que consuma, manteniendo su confort.
En resumen, el Real Decreto (R.D.) obliga a:
• La instalación de equipos de individualización de consumos (contadores de energía o repartidores de costes de calefacción) Realizar la lectura, gestión de datos y liquidación individualizada de consumos de cada uno de los usuarios, poniéndola a su disposición.
• Adaptar la instalación central de suministro de calefacción o refrigeración para evitar desequilibrios térmicos o hidráulicos por los cambios de uso.
Para medir calefacción y refrigeración, habrá que instalar un contador de energía. Si no es posible o la instalación del dispositivo tiene un coste elevado (como en el caso de que la calefacción esté distribuida por columnas), se optará por instalar repartidores de costes de calefacción en cada radiador, siempre que resulte técnica y económicamente viable.
Ambos dispositivos deberán tener un sistema de comunicación abierto que permita en todo momento la posibilidad de un cambio de proveedor de los servicios de gestión de lectura y liquidación.
El R.D. indica que los usuarios finales deben disponer de equipos de regulación que les permitan el control de sus propios consumos de forma manual o automática. Ullastres recomienda la instalación o renovación de los equipos de regulación en cada una de las viviendas (válvulas con cabezales termostáticos o manuales en radiadores y válvulas de zona asociadas a termostatos de ambiente en contadores) para que su correcto funcionamiento permita a los usuarios la consecución de mayores ahorros energéticos y ambientales.
La contabilización del consumo individual de calefacción y refrigeración será obligatoria para todas las viviendas con sistema centralizado de calefacción o refrigeración, aunque se determinan excepciones según la zona climática y cuando no sea técnicamente viable o económicamente rentable.
Los titulares de instalaciones de calefacción o refrigeración deben solicitar presupuesto a una empresa instaladora habilitada según RITE y de modo gratuito determinaremos la viabilidad técnica y económica de las medidas a implantar y si su instalación está obligada o exenta de cumplimiento según R.D.
Para considerar la rentabilidad económica de la instalación de contadores o repartidores de costes la amortización de la inversión no podrá superar los cuatro años.
Respecto a la viabilidad técnica, nuestra recomendación es preguntar a su mantenedor o cualquier otro experto habilitado para determinar cómo es la instalación térmica de su edificio.
Los sistemas de distribución monotubos en serie para más de un usuario, los ventiloconvectores y los aerotermos están exentos de instalar contadores o repartidores de costes.
Cuando exista una exclusión, ya sea por razones técnicas o económicas, la empresa mantenedora de la instalación emitirá gratuitamente un Certificado de Exclusión (según modelo Anexo II del R.D.), junto a una Declaración Responsable (según modelo Anexo V del R.D), que será entregado por los titulares de la instalación al órgano competente de la Comunidad Autónoma donde esté ubicada la instalación centralizada.
NO, en el presupuesto a realizar según el Anexo 111, que se utiliza para el cálculo de la rentabilidad económica de la que resulta la obligación de instalar contadores individuales o repartidores de costes, no hay que incluir el sistema de regulación o control individual de consumo, independientemente de que se base en válvulas manuales, termostáticas u otras.
SÍ, el sistema de regulación o control de consumo individual es necesario, pero no se presupuesta en el Anexo 111. Si se va a cambiar, habrá que presupuestarlo aparte.
Puede haber dos presupuestos
a) Presupuesto primero, Anexo 111: Es el presupuesto para determinar la obligatoriedad de incorporar un sistema de contadores para el control individualizado de la calefacción/ refrigeración. Incluirá únicamente las partidas contempladas en el apartado 2.1 del Anexo 111, o menos apartados si no fueran necesarios todos.
b) Presupuesto segundo: En caso de requerir elementos adicionales, como sistema de control o regulación del consumo individual (porque el que se tenga esté obsoleto o en malas condiciones) así como otros elementos que se deban o se quieran incorporar, serán presupuestados adicionalmente, en presupuesto aparte.
NO. El RD 736/2020 no determina un% de ahorro mínimo, si bien el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) publicó la Guía 023 «Contabilización de consumos individuales de calefacción en instalaciones térmicas de edificios RD 736/2020». Después de un análisis sobre una muestra de sistemas de reparto de gastos de calefacción centralizada en edificios, para edificios situados en zonas climáticas C, D y E, con sistemas de contabilización y, al menos, dos años completos ya instalados, se desprenden ahorros medios muy variables cuyos rangos usuales están entre el 25% y el 40% para edificios que, además de la contabilización de consumos, incorporan sistemas de control termostático en sus emisores.
El análisis infiere que la variable más importante es el cambio de comportamiento y hábitos de consumo del usuario, incluso por encima de la variable relativa a la zona climática de la que se trate.
NO. En dicho presupuesto se incluirán únicamente los apartados ya contemplados en el Anexo III, o menos apartados si no fueran necesarios todos.
En caso de querer incluir elementos adicionales, serán presentados adicionalmente, en presupuesto aparte.
NO. Las partidas en cuyo gasto ya se haya incurrido en la fecha de realización del presupuesto no podrán incluirse en el mismo.
Sí.
El cálculo del período de recuperación de la inversión en el apartado 2.3 se determina como cociente entre la inversión y el ahorro neto anual. Ambos términos deberán ser coherentes e incluir el IVA.
Al final del último apartado 3 «Pago de la Inversión y Cláusulas Finales» del Anexo III, se deberá indicar el presupuesto con el IVA desglosado.
SÍ, Dado que los contadores por horas no miden energía, deberán aplicar el RD 736/2020 como el resto de instalaciones de calefacción comunitaria que no disponen de contabilización de consumos individuales.
La no adaptación de las instalaciones centrales térmicas a los nuevos cambios que se puedan producir en la instalación como consecuencia del control de consumos que realicen los usuarios a través de sus medios de control propios (válvulas con cabezales manuales o termostáticos o válvulas de zona) pueden suponer importantes desequilibrios térmicos e hidráulicos en la instalación, y por tanto problemas de servicio.
Solo las empresas mantenedoras o instaladoras debidamente habilitadas por el RITE como Ullastres podrán certificar la viabilidad de la instalación.
El Real Decreto establece un calendario gradual para el cumplimiento de sus obligaciones que alcanza el año 2022, de modo que no será necesario realizar la instalación en el próximo invierno 2020-2021. En concreto, la norma establece dos plazos: primero, la fecha límite para obtener al menos un presupuesto estandarizado; y, segundo, la fecha límite para tener activa la instalación, que será siempre 15 meses después.
Según en qué zona climática se encuentre su edificio.
Puede calcular el plazo de amortización mediante la siguiente fórmula:
Importe de la inversión / Ahorro neto anual = Plazo amortización
Si lo desea, puede contactar con Ullastres y solicitar un presupuesto según el modelo definido en el propio Real Decreto.
Sí, según el artículo 10 del Real Decreto que establece el régimen sancionador aplicable.
Los sistemas de contabilización de consumos instalados dispondrán de un servicio de lectura remota que permita la liquidación individual de los costes de climatización en base a dichos consumos.
Es obligatorio y necesario que el propio titular (dueños o Comunidad de propietarios) o un tercero (empresa especializada) se encargue de leer los dispositivos y garantizar que funcionen correctamente.
En el caso de contratación de empresas especializadas en medición, reparto y contabilización de los consumos sus costes deben ser razonables. En todo caso, lo que siempre será gratuito es el acceso que el usuario final debe tener a la información de sus consumos y a la información de su liquidación individual, ya sea por medio de formato electrónico a través de internet o en otro soporte. La Oficina Virtual de Ullastres le ofrece la posibilidad de acceder a la información de las lecturas en cualquier momento de manera gratuita.
Somos una empresa con más de 100 años de experiencia en la individualización de consumos y el mantenimiento de instalaciones centrales de climatización en el mercado español.
Nuestros servicios están oriendos al ahorro energético, a la mejora de la eficiencia energética y del medioambiente, mediante la gestión eficiente de las instalaciones, asesoramiento y control de los consumos de energía para edificios de toda índole.
Ofrecemos la posibilidad de centralizar todos los servicios de mantenimiento y gestión de las instalaciones y sus consumos en edificios, permitiendo obtener entre otros beneficios:
• Atención ágil y personalizada.
• Ahorro de costes gracias al mantenimiento global.
• Optimización de consumos mediante una gestión eficiente.
• Gestión coordinada de servicios y alerta temprana de problemas.
Todo ello orientado a maximizar la eficiencia y confort.
Todos nuestros servicios se encuentran con certificación de Calidad Aenor.
Los repartidores de costes de calefacción son dispositivos de medición que deben ser instalados en cada uno de los radiadores de la vivienda, siguiendo las normas de montaje establecidas en la norma UNE-EN 834.
Son pequeños, fiables, de fácil instalación y su lectura se realiza vía radio, no siendo necesario acceder a las viviendas.
Constan de una carcasa, dos sensores de temperatura: un dispositivo de cálculo, una pantalla, una fuente de alimentación y un sistema de sellado que evita las manipulaciones no autorizadas de los dispositivos.
Los repartidores de costes de calefacción miden dos temperaturas, la de la superficie del radiador y la temperatura ambiente de la habitación donde el radiador se encuentra instalado. Con las temperaturas obtenidas, son realizados los procesos de cálculo de consumo individualizado por radiador. Todos los repartidores actuales basan su funcionamiento en la norma UNE-EN 834.
El repartidor empieza a registrar consumos si:
La diferencia de temperatura es de al menos 4ºC entre el radiador y el ambiente, entonces se supone que el radiador está calentando la habitación y por tanto, en funcionamiento.
En verano, el radiador tiene una temperatura mayor de 40°C (junio-septiembre) o en invierno mayor de 29°C (octubre-mayo).
El repartidor de costes debe haber sido fabricado de acuerdo a los estándares de calidad europeos exigibles (que tenga marcado CE, que esté fabricado según la norma UNE_EN 834, que tenga certificado de verificación firmado por un laboratorio independiente y homologado, etc.), y por otro lado, que el repartidor sea instalado por uan empresa acreditada. Por último, si el radiador esta cubierto por un cubre radiador, cortina,etc. ¿ Se utilizan repartidores de costes de calefacción con sensores externos?
No, la instalación es muy simple y se puede tardar unos 10 minutos en colocar el repartidor de costes por cada radiador, sin necesitarse obras de ningún tipo. Se recabarán todos los datos iniciales de cada uno de sus radiadores para asegurarnos la calidad del resto del proceso: de la vivienda y de los equipos instalados: número de serie de cada dispositivo, donde se ubica cada uno, tipo de radiador, etc. Esta información es importante para luego conocer el consumo de cada radiador por separado.
Hay dos tipos de distribución de la calefacción, en el segundo sistema se utilizan los repartidores de costes.
Los repartidores de costes se pueden montar en todos los radiadores más comunes del mercado (por columnas, por módulos, toalleros, de panel, de tubos…) y de cualquier material (acero, aluminio o hierro fundido).
No. Es muy importante el lugar del radiador donde se instala el repartidor. La norma UNE EN834 define esta posición claramente y una colocación incorrecta dará lugar e medidas erróneas. El repartidor de costes fue ensayado en una posición definida por la norma y la medición en condiciones de trabajo ha de hacerse en la misma posición.
En algunos casos, no se pueden instalar, por ejemplo: Calefacción en el techo, , sistemas de aire caliente, instalaciones a vapor en lugar de agua caliente, toalleros combinando agua caliente con resistencia integrada enchufado a la red, calefacción en superficie del suelo, calefacción con temperatura de funcionamiento de agua caliente inferior al 35ºC, Fancoils.
En caso de que el radiador esté protegido, la utilización de un repartidor de costes sin un sensor externo distorsionaría la medida del consumo. Este tipo de instalación siempre es necesario para asegurarnos que las mediciones de las 2 temperaturas son correctas y por tanto el reparto del gasto de calefacción justo.
Si el repartidor de costes tuviera los dos sensores de temperatura (el del radiador y el de la habitación) dentro del cubre radiador estaría registrando una temperatura de la habitación mucho más elevada que la real. Por tanto, el cálculo de consumo de calefacción del radiador que está consumiendo ese radiador sería erróneo y el reparto del gasto por vecino injusto.
Sí. El repartidor de costes tiene dos sensores, uno mide la temperatura en el radiador y el otro está calibrado para medir la temperatura de la habitación. En el caso de existir un cubre radiador el ambiente en el interior de este no es claramente el mismo que en la habitación. Para medir el ambiente en la habitación se hace necesario instalar un sensor que mida la temperatura real de la habitación. Esto está perfectamente regulado en la norma EN834.
La Universidad de Alcalá (UAH) ha realizado un estudio en edificios instalados con repartidores de costes de Ullastres –el primer estudio de estas características realizado hasta la fecha en España- comparando los consumos de calefacción de sus vecinos antes y después de la instalación de dichos dispositivos, y el ahorro medio obtenido por estos vecinos en su gasto en calefacción ha sido del 24,9%. Existen numerosos estudios realizados por diversas entidades independientes o gubernamentales (p.e. IDAE – Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, un organismo adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Turismo), que muestran ahorros potenciales de hasta un 40%.
Los ahorros publicados por IDAE (Instituto para la Diversificación y el Ahorro Energético), AERCCA y otros estudios hacen referencia a ahorros medios conseguidos en el consumo de la caldera, no a nivel individual de cada una de las viviendas.
Además el ahorro conseguido se refiere a litros de combustible consumido por la caldera, y hay que tener en cuenta la variación en los precios que sufre el combustible continuamente así como que la temperatura un año puede ser muy diferente a la de otro año, de forma que el año más frío el consumo será mayor.
Para optimizar mi consumo la instalación de repartidores de costes de calefacción requiere de elementos adicionales que ayuden al ahorro, tales como válvulas con cabezal termostático, un equilibrado de la instalación hidráulica termostatos, un buen aislamiento, etc. El repartidor de costes no ahorra solo, si registra consumo y es un incentivo para que cambia su forma de utilizar su calefacción y le permite poder controlar su consumo individual, ahorrar y pagar solo por lo que usted ha consumido.
El consumo del radiador es el resultado de multiplicar las unidades de consumo registradas en cada repartidor de costes de calefacción por un factor corrector K que es diferente para cada tipo de radiador. Ese factor corrector es el que hace que podamos comparar la lectura hecha en radiadores de diferente tipo, por ejemplo un radiador de aluminio plano con uno de columnas de fundición.
El valor que se ve en la pantalla del repartidor no es el valor de consumo real, es sólo un número que ha de ser convertido a un valor de consumo real. Para esta conversión empleamos el factor corrector K que tiene en cuenta todas las características del radiador donde está instalado, su forma, medidas, el material del que está hecho, etc. (Es evidente que un radiador grande de salón emite más calor que uno pequeño de un baño por ejemplo).
Las válvulas con cabezal termostático son dispositivos que instalados en cada uno de los radiadores permiten ajustar el caudal de agua caliente que circula en su interior, consiguiendo con ello el control de la temperatura de cada una de las zonas de la vivienda.
En los costes fijos se engloban todos aquellos gastos que no tengan que ver con el consumo, como pueden ser mantenimiento de caldera y tuberías, consumo eléctrico, etc. Los costes fijos se han de repartir entre los propietarios por coeficientes.
Tiene un elemento sensor ajustable a voluntad que mide la temperatura de la habitación. Según se acerca la temperatura ambiente a la deseada, el cabezal termostático procede a realizar el cierre de la válvula termostática reduciendo el caudal de agua caliente que circula por el interior del radiador. El enfriamiento del radiador, se produce de forma paulatina de abajo hacia arriba, pudiendo incluso quedar totalmente frío. Cuando el cabezal termostático detecte que la temperatura ha disminuido por debajo de la temperatura especificada, la válvula termostática abrirá nuevamente el paso de agua al radiador para volver a calentar la estancia.
El porcentaje de gasto total que se considera fijo no está definido por ninguna ley en España. La Comunidad de Propietarios decidirá qué porcentaje quiere que se considere fijo a repartir por coeficientes entre los vecinos y qué parte será consumo.
En otros países europeos existe legislación concreta acerca de esto, pero en España es decisión de cada Comunidad. Se aconseja tomar valores entorno al 30% o 40% para los gastos fijos.
En las calderas centrales de calefacción, la individualización es, en muchos de los casos, inviable. Para esos casos la mejor solución son los repartidores de costes de calefacción. Si la caldera da servicio tanto al agua caliente como la calefacción, en primer lugar es preciso, si no están instalados, instalar contadores de agua caliente que midan el consumo de cada vecino. Y a la hora de repartir los gastos totales de la caldera, la propia Comunidad de Propietarios decide qué porcentaje de consumo dedica a cada consumo.
El consumo de calefacción de cada radiador en € se calcula como: Consumo radiador (€) = ( Cact – Cant ) x K x P Donde: Lectura actual del repartidor de costes de calefacción.
Lectura del repartidor de costes de calefacción al inicio del periodo de facturación.
Factor de conversión, diferente para cada radiador, que está condicionado a la correcta instalación de los repartidores de costes. Este factor es calculado, para cada tipo de radiador, en laboratorios homologados formando parte de una extensa base de datos que obra en poder de Ullastres, S.A.
Precio de cada unidad consumida de calefacción que El precio (P) de la unidad de calefacción es único para todo el edificio, y se obtiene en función de los costes totales de calefacción del edificio (Σ combustible, electricidad, mantenimiento, etc.)
Este factor es calculado, para cada tipo de radiador, en laboratorios homologados formando parte de una extensa base de datos que obra en poder de Ullastres, S.A. La definición de las pruebas de ensayo, así como la metodología de cálculo del factor K están totalmente especificadas en la Norma UNE 834.
Los valores reflejados en la pantalla se utilizan para el cálculo del consumo del radiador, y deben ser convertidos en valores que midan el consumo de calefacción. Para eso es preciso considerar las características del radiador (la forma del radiador, sus medidas, la superficie de contacto y el número de elementos, …). Con esta información Ullastres dispone de una base de datos de radiadores en la que nuestros expertos buscan el radiador concreto, y asignan a ese repartidor y a ese radiador el llamado factor K de facturación.
Ese factor K, cuyo cálculo se basa en las especificaciones técnicas definidas en la norma UNE-EN 834, es el factor por el que se multiplica la lectura del repartidor para calcular el consumo de ese radiador en concreto.
En su factura individual usted puede ver como las lecturas indicadas en las pantallas de cada repartidor serán transformadas en consumos de calefacción tomando en cuenta este factor K.
Los repartidores estarán montados directamente en los radiadores. Tienen dos sensores de temperatura. El sensor 1 mide la temperatura del radiador, y el sensor 2 mide la temperatura ambiente de la habitación. Si la diferencia entre la temperatura del radiador (sensor 1) y la temperatura ambiente (sensor 2) es mayor a 3ºC, el equipo empieza a medir consumo. Cuanto mayor sea esta diferencia más rápido avanzan las unidades caloríficas que se consumen. El consumo realizado por los radiadores queda reflejado en la memoria del dispositivo, la cual se recupera cada vez que se realiza una lectura de los equipos vía radio. Tambien se ha de cumplir alguna de las siguientes condiciones:
• Temperatura del radiador superior a 23ºC y una diferencia de temperaturas entre radiador y ambiente de más de 4ºC
• La temperatura en el radiador es de más de 29ºC en invierno o mayor de 40ºC en verano.
La norma UNE-EN834 no dice nada sobre tener que incluir también orientación (Norte o Sur) o planta en las facturas individuales de consumo de calefacción.
No le pueden facturar por un calor no proporcionado por el radiador. El repartidor sigue funcionando correctamente utilizando sus 2 sensores de temperatura. El repartidor considera que solo existe consumo en el radiador cuando ambas temperaturas se diferencian en más de 4 grados, es decir, si la estancia está, por ejemplo a 21º y el radiador está a 30º, el repartidor estima que el radiador está en funcionamiento. Si la estancia estuviera ya caliente (por ejemplo si hubiera una estufa) la diferencia entre la temperatura del radiador y la estancia serian muy parecidas y el repartidor entendería que radiador no está en funcionamiento.
Mediante el sistema de radio, todos los repartidores de costes envían sus datos a un equipo que recoge las lecturas almacenadas. Todos los datos enviados por radio son encriptados para garantizar que sus datos personales estén protegidos siempre. Disponemos de una Oficina Virtual mediante el cual cada cliente puede tener acceso a sus propios datos de consumo mediante un usuario y contraseña personal.
Los consumos de calefacción registrados en los repartidores de costes se leen por un sistema de comunicación por radio. Asi:
Se pueden consultar los datos de consumo de cada radiador en nuestra Oficina Virtual y una vez instalado el dispositivo, no habrá necesidad de que nadie entre en su vivienda para tomar lectura de sus consumos.
Normalmente la pantalla del repartidor está apagada para ahorrar en el consumo de la batería interna. Para ver su consumo basta con apretar una sola vez el botón del repartidor. Lo que puede ver en su pantalla o display (adjuntar imagen del bucle del folleto de instalacion de rcc)
Existen varias formas de consultar y comparar los consumos de calefacción: Mediante la Oficina Virtual, cada vecino podrá consultar sus consumos recientes e históricos, obtener duplicados de sus recibos de calefacción, etc. y en el recibo individual de calefacción, y de forma gráfica, el vecino puede ver el consumo de las anteriores temporadas de calefacción.
En el propio repartidor, en su pantalla, el usuario puede consultar el valor acumulado de unidades de consumo de la actual temporada.
Posiblemente porque la llave no corte bien, sea muy antigua o no funcione o porque la válvula termostática ya no funciona bien. Con radiadores muy pequeños también es posible que después de cerrar la válvula de su radiador quede calor residual del agua caliente que llega al radiador. Esta situación puede ocurrir en todo el edificio y apenas tendrá efecto en su factura.
Además de evaluar posibles problemas de aire e implantar las distintas soluciones (purgadores automáticos, etc.), la decisión de individualizar, al ir acompañado de un equilibrado de la instalación y la implantación de válvulas termostáticas, ayudará a que el confort en las últimas plantas sea el mismo que en las inferiores.
Normalmente, para no penalizar los meses de mayor consumo (invierno) se distribuyen los gastos fijos en 12 mensualidades.
GESTIÓN Y REPARTO DE COSTES DE CALEFACCIÓN
• Instalación de repartidores de costes y válvulas termostáticas en radiadores para instalaciones (para distribución) por columnas. Análisis y auditoría previa de la instalación sin coste para el cliente.
• Lectura vía radio, de los aparatos instalados, con la periodicidad acordada con los clientes.
• Registro y validación de datos de consumo previo a la emisión de los recibos.
• Emisión de recibos individualizados, detallando consumo e importes por vivienda, así como edición de listados en papel y/o digitales, soportes informáticos, según las necesidades de los clientes.
• Mantenimiento de las instalaciones.
ESTUDIO Y CONTROL DE TARIFAS DE CONSUMO
Asesoramiento en los cálculos de precios de agua y energía.
Revisión y actualizaciones periódicas de los precios establecidos, evitando posibles desviaciones económicas.
ASESORAMIENTO ENERGÉTICO
El estudio de datos de consumo de energía, individual y colectivo, nos permiten trabajar en la optimización del funcionamiento de las instalaciones orientados a conseguir la mejora de los rendimientos energéticos y por tanto el ahorro de costes comunitarios.
INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CLIENTE
Atención personal en oficina, líneas de teléfono especializadas para clientes y administradores, oficina virtual con información detallada.